FINANCIAMIENTO LEASING LEASEBACK HABITACIONAL

ETAPAS






SISTEMA LEASEBACK
(Leasing Habitacional)

BREVE DESCRIPCION DEL SISTEMA LEASING HABITACIONAL Y
LEASEBACK



El Leasing Habitacional (o Arrendamiento con Promesa de Compraventa) es un mecanismo de
Financiamiento mediante el cual una persona vende su propiedad a una Sociedad Inmobiliaria de
Leasing,  la cual a su vez la da en Arrienda con Promesa de Compraventa a un tercero (que puede ser el mismo vendedor de la propiedad).



Se habla de “Leaseback” cuando en el Contrato de Leasing es el mismo vendedor de la propiedad quien toma el contrato de arrendamiento con promesa de compraventa con la Sociedad Inmobiliaria de Leasing. De esta manera, el dueño vende la propiedad a la Sociedad Inmobiliaria (Manteniendo el uso de la misma) y recibe el dinero producto de la venta, comprometiéndose a pagar una cuota mensual que incluye el arrendamiento y un monto destinado a la re compra de la propiedad.



Las cuotas mensuales son iguales para todo el plazo del contrato, el que va desde los 8 hasta los 20 años según la necesidad y capacidad del cliente. Al pagar la última cuota (que es igual a todas las anteriores) el cliente se hace dueño de la propiedad firmando la respectiva escritura de compraventa.



Todos los contratos de Leasing Habitacional llevan asociado de manera obligatoria Seguro de Desgravamen, Seguro de Incendio y Sismo. Adicionalmente, el cliente puede puede contratar un Seguro de Desempleo.



Para poder tomar un contrato de Leasing Habitacional, el cliente debe acreditar una renta mensual igual o superior a cuatro veces el valor de la cuota mensual a pagar. Así, por ejemplo, si la cuota mensual del contrato de Leasing Habitacional es de $100.000, el cliente debe tener y acreditar un ingreso mensual igual o superior a $400.000. Esto se exige en beneficio del
propio cliente quien así quedará pagando una cuota mensual totalmente abordable para él.



El sistema de Leasing Habitacional se encuentra normado en la Ley Nº19.281 del año 1993. Puede descargar el texto íntegro de la Ley Nº19.281 en la siguiente dirección web: http://www.leychile.cl/Navegar?idNorma=30648



A través de un contrato de Leaseback, el cliente puede obtener hasta el 70% del valor comercial de su propiedad, el cual es determinado por una tasación independiente. Así, por ejemplo, si el valor comercial de la propiedad es de $50.000.000, podrá obtener un financiamiento de hasta $35.000.000. Con este monto, el cliente puede (por ejemplo):
. Pagar deudas en bancos, casas comerciales
. Ampliar o mejorar su casa,
. Financiar el estudio de los hijos
. Obtener capital de trabajo para financiar un emprendimiento
. O usarlo en lo que estime conveniente

CARACTERISTICAS DEL LEASEBACK
. Se financia hasta el 70% del valor comercial de la propiedad.
. Se puede complementar renta con un familiar directo.
. El plazo del financiamiento va de 8 a 20 años.
. La tasa arrendamiento equivalente fluctúa entre el 0,8% y el 0,98% mensual, dependiendo
del monto y plazo del financiamiento.
. Se puede realizar el pago anticipado en cualquier momento, descontando las amortizaciones realizadas a la fecha.


1.- El cliente presenta la documentación comercial para ser evaluado: 

PASOS A SEGUIR


. Fotocopia cédula de identidad del titular
. 6 ultimas liquidaciones de sueldo
. 12 últimas cotizaciones AFP
. Certificado de Antigüedad Laboral o Contrato de trabajo
. Certificado de Deudas Superintendencia de Bancos (Bandera 92, Santiago, 9 a 14 hrs. en Regiones se solicita en las oficinas de Chile Atiende)
. Escritura de la propiedad

. Fotos de fachada e interior de la propiedad
. Comprobante de pago las cuentas de agua y luz

. 12 últimos pagos de IVA
. 2 últimos Impuestos a la Renta

2. Si el cliente cumple con los requisitos comerciales previos, se solicita la tasación de la
propiedad, que tiene un costo de $75.000.-  para el cliente.
3. Con los antecedentes comerciales del cliente y la tasación de la propiedad se acuerda el monto
y los términos del financiamiento.
4. La compañía recopila los siguientes antecedentes de la propiedad:
  

. Escritura de compraventa (Hasta completar 10 años, con títulos anteriores).
. Certificado de Gravámenes y Prohibiciones.
. Certificado de Dominio Vigente.
. Certificado de no expropiación Serviu.
. Certificado de No Expropiación Municipal.
. Certificado de contribuciones o certificado Aseo domiciliario.
. Certificado de recepción final municipal acogida al DFL2.
. Certificado de número
. Certificado de deslindes

5. Con los antecedentes de la propiedad, se realiza el Estudio de Títulos de la misma.

6. Aprobados los títulos de la propiedad, se confecciona la escritura y se coordina con el cliente la
firma del Contrato en notaría.

7. Eliminadas las publicaciones de Dicom, se queda a la espera que la propiedad se inscriba en el conservador de Bienes Raíces para liberar el pago restante del préstamo al cliente.